La veda electoral finaliza el próximo domingo a las 18 horas
La Argentina se prepara para uno de los fines de semana más importantes del calendario político del año 2023, el que tiene la convocatoria oficial para las Elecciones Presidenciales. La previa estuvo llena de cierres de campaña, algunos polémicos y otros que pasaron algo desapercibidos, mensajes virales en redes y hasta denuncias entre candidatos. Sin embargo, desde este viernes se ha llamado al silencio y es que se inauguró la jornada de veda electoral.
La veda electoral es una de las dinámicas que suele protagonizar la previa a las elecciones y, entre otras prohibiciones, establece que ninguno de los candidatos, en este caso Javier Milei, Sergio Massa, Patricia Bullrich, Myriam Bregman y Juan Schiaretti, no pueden realizar actividades de campaña.
Te podria interesar: “Most Wanted Tour”: Bad Bunny anuncia su gira por Estados Unidos
En tanto, según el artículo 64 bis del Codigo Nacional Electoral, la campaña electoral de cada uno de los candidatos debe “finalizar 48 horas antes del inicio de los comicios”, lo que significa que desde este viernes 20 de octubre a las 8 de la mañana los espacios quedaran en pleno silencio. El apartado 71 de esa norma establece que dentro de las prohibiciones que establece la veda está la de “realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo” a las 18 del próximo domingo.
¿Cuáles son las sanciones por violar la veda electoral?
La veda electoral no llega al país como un simple pacto de palabra, sino que contiene un régimen de sanciones dirigido para todos aquellos ciudadanos que decidan no acatarla. En tanto, según expresa el artículo 136 del Código Electoral Nacional “se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario”, esto contempla desde las 20 horas del sábado hasta las 21 del domingo.
Al mismo tiempo, el artículo 131, busca sancionar con el mismo tipo de pena a todo “empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto” de prohibición por las autoridades electorales.
Respecto a multas económicas, estas varían desde los $10 mil hasta alcanzar los $100 mil para todos aquellos que no respeten los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación, al igual que quienes realicen actos de campaña. En tanto, los candidatos, en caso de no cumplir la veda, perderán el derecho a recibir contribuciones, subsidios y recursos de financiamiento publico anual en un plazo de entre uno y cuatro años.