Al declararse inconstitucional y no utilizarse un sistema parecido en otros países como había asegurado Alberto Fernández, se generó un malestar en los inversores que complicaría más el mercado Argentino.
La justicia federal de Corrientes declaró que el impuesto a la riqueza se trata de una medida impositiva confiscatoria al tratarse de un tributo que viola “garantías y principios constitucionales”.
El juez correntino que dictaminó el fallo argumentó que el Impuesto a la Riqueza provocaría una “manifiesta inadmisible absorción de la renta y el patrimonio, ya gravados por Ganancias y Bienes Personales, excediendo los límites razonables de imposición y resultado confiscatoria y violatoria del derecho a la propiedad a la luz de la doctrina emanada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.