Diferentes expertos en la Constitución Nacional Argentina demostraron su desaprobación al rechazo de Alberto Fernández de cumplir con el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina.
Constitucionalistas de nuestro país se expresaron tras el rechazo del Presidente Alberto Fernández de cumplir con el fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina en cuanto al pago de los fondos de coparticipación a la Ciudad de Buenos Aires. Lo definieron como “un grave conflicto de poderes” y que el mandatario está “incumpliendo los deberes de funcionario público”.
Además del malestar que esto generó en la oposición, varios abogados especializados en la Constitución Nacional compartieron sus miradas y coincidieron en la gravedad de la actitud de Nación. Sentenciaron que esto “es causal de juicio político”.
Entre ellos, Diego Armesto explicó que la situación podría traerle consecuencias tanto en el ámbito penal como en el legislativo. Su accionar podría encuadrarse “dentro del artículo 36 de la Constitución”, que hace referencia a “actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático”. Además, este podría caratularse como delito de sedición, que conlleva una pena de uno a cuatro años de cárcel por “impedir la ejecución de las leyes nacionales o provinciales o de las resoluciones de los funcionarios públicos nacionales o provinciales”.
Del mismo modo, Daniel Sabsay no dudó en tildarlo como “un claro incumplimiento de la Constitución”. Pidió que el máximo tribunal intervenga porque “lo que se está produciendo es, claramente, un desacato, una desobediencia, de los deberes de funcionario público y un abuso de poder, es decir, lo contrario de lo que debe hacer un poder que se encuadra dentro de la Constitución”.
Otro de los constitucionalistas que se expresó fue Alejandro Fargosi, quien duramente criticó el accionar de Alberto Fernández y lo definió como “un golpe de Estado contra el Poder Judicial”. En este sentido, dijo que el mandatario podría ser castigado según el artículo 29, que claramente menciona que debe quedar inhabilitado a perpetuidad para ocupar cargos públicos, además de quedar excluido de los beneficios del indulto y la conmutación de penas. “Todos los gobiernos han respetado siempre a la Corte Suprema, o la han cambiado, pero nunca la desobedecieron. Por primera vez en la historia, y sin ningún tipo de vergüenza, estas personas violan también los artículos 116 y 117, que establecen que las discusiones las resuelve el Poder Judicial y que aquellas que son entre las provincias, como es en este caso la Ciudad, la Corte”, subrayó.