Actualmente se trabaja en la reglamentación y promulgación de la Ley de alcohol cero en la Provincia de Buenos Aires.
La ley de alcohol cero para los conductores de vehículos para la Provincia de Buenos aires fue aprobada la semana pasada y se trabajaba para que entre en vigencia desde el primero de enero de 2023.
Este miércoles el ministro de Transporte bonaerense, Jorge D’Onofrio, en declaraciones a FM La Patriada, confirmo que la Legislatura bonaerense aprobó la medida para modificar el mínimo de alcohol permitido en sangre a la hora de conducir para garantizar la seguridad vial y salvar vidas.
La Ley 13.927 del Código de Tránsito, previo a la modificación, permitía 500 miligramos de alcohol por litro de sangre. Se calcula que el alcohol está presente en uno de cada cuatro siniestros viales y es la primera causa de muerte de menores de 35 años.
El funcionario evaluó que la ley “va a contribuir a bajar los índices siniestrales, teniendo en cuenta que es del 44% la vinculación del alcohol con la siniestralidad”. “Incorporamos un nuevo paradigma. Hasta ahora había multas que no generaban un cambio en la conducta del infractor. Además de la multa, ahora hay una obligatoriedad de hacer cursos o tratamientos, e inhabilitaciones que van de 6 meses a definitivas”.
La provincia de Buenos Aires se suma a varias provincias entre las que se encuentra: Chaco, Chubut, Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, La Rioja, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán.
Las penalidades que determina esta nueva ley son la retención de la licencia e inhabilitación para manejar, arresto, multas y obligación de asistir a cursos de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública. En relacion a las puniciones quienes conduzcan con valores de hasta 499 miligr, ecibirán tres meses de inhabilitación para manejar, mientras que si el grado de alcoholemia se encuentra entre 500 y 999 miligramos, seria de seis meses. Entre 1000 y 1500 miligramos de alcohol por litro de sangre Además, se prevén inhabilitaciones por 18 meses y quienes superen los 1500 miligramos no podrán conducir por un periodo de 18 meses.
Igualmente se determino que durante el primer año de vigencia de la ley, los conductores que presenten una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre serán sancionadas únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.